Derecho Espacial
En Flores, Chacón & Saldaña, Abogados Tributarios nos encontramos a la vanguardia tecnológica, y por eso te compartimos este artículo sobre la naturaleza del Derecho Espacial.
Rafael Flores Muñoz
3/24/20263 min read
¿Quiénes somos? ¿Por qué estamos aquí? ¿De quién es el espacio? ¿Dónde termina la soberanía de los países en el espacio aéreo? ¿La luna y demás cuerpos celestes son propiedad de alguien? ¿Se puede obtener lucro o realizar actividades comerciales en el espacio exterior? Estas y otras interrogantes surgen y toman mayor vigor a inicios del siglo XXI luego del camino a la comprensión de la historia, la formación del universo, de la galaxia, la Vía Láctea, de nuestra raza y por supuesto, con el avance tecnológico que pone a disposición prácticamente de cualquier país el alcance del espacio.
Asentada la duda, se entiende por Derecho en su acepción más simple y conocida: conjunto de normas que regulan a sociedad determinada. Ahora bien, el Derecho para su estudio se suele dividir en Derecho Público y Derecho Privado. Ubicamos en el Derecho Público aquellas ramas del derecho que regulan las relaciones entre el Estado y los particulares, por ejemplo, Derecho Fiscal, Derecho Penal, Derecho Espacial, entre otras; y en el Derecho Privado aquellas ramas que regulan las relaciones entre particulares, v. gr., Derecho Civil, Derecho Mercantil, etc.
Con este preludio, se comprenden ahora 2 cosas: cómo surge el Derecho Espacial y dónde se ubica esta neófita rama del Derecho que algunos autores llaman Derecho Espacial, Derecho Ultraterrestre, Derecho Cósmico, etc En 1957, en plena Guerra Fría entre Estados Unidos de América y la ex Unión Soviética, está última toma el timón y pone en órbita el satélite artificial e hito en la era tecnológica llamado SPUTNIK1 con la finalidad de estudiar el espacio, la atmósfera y la ionosfera. Este gran antecedente científico y tecnológico enciende la alerta de la ONU. En ese sentido, en 1959, la Asamblea General de Naciones Unidas crea la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (resolución 1472 (XIV)) con la voluntad de fomentar la cooperación internacional, aprovechamiento del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, científicos y tecnológicos en beneficio de toda la humanidad.
A raíz de esta Comisión, surge la Oficina de Naciones Unidas para Asuntos del Espacio Exterior (UNOOSA), que actualmente cuenta con 74 Estados miembros que buscan el bienestar de todos habitantes de la tierra desconociendo líneas divisorias políticas en un tema de trascendencia global como lo es la ciencia e investigación del espacio.
En aproximadamente 5 décadas, se han reglamentado en Resoluciones de la ONU, Tratados Internacionales y Acuerdos Globales la utilización del espacio ultraterrestre El Derecho Espacial es una rama del derecho público novedosa que seguirá actualizándose en virtud del gran desarrollo científico y tecnológico que están alcanzando las naciones en el estudio de nuestro vecindario cósmico. Por ello los acuerdos y diplomacia deberán jugar un papel principal en la homologación de criterios internacionales.
La humanidad no tardará mucho en establecer colonias tecnológicas y marcar un tráfico de satélites artificiales, cuidar los ejercicios nucleares y atómicos, y la seguridad de los países. Por fortuna, los países han llegado a convergencias que pronto se traducirán en nuevas instituciones e instrumentos jurídicos. Corolario a lo anterior, es de suma importancia que se comience en las universidades a impartir cátedras de Derecho Espacial, no solo en las licenciaturas en Derecho sino en todas aquellas disciplinas relacionadas directa o indirectamente con el rubro del cosmos. Baste con voltear a ver las estrellas y astros para comprender la beatitud de la rama del Derecho Espacial.
FUENTES
- Álvarez Hernández, José Luis, "Derecho Espacial, Porrúa, 2002, México.
- Erazem Bohinc, "International space law: legal aspects of exploiting outer
space", Nova Gorica, 2013, Rusia.
- Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los
Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la
Luna y otros cuerpos celestes, ONU, 1967.
- Acuerdo sobre salvamento y devolución de astronautas y restitución de
objetos lanzados al espacio ultraterrestre, ONU, 1967.
- Convenio sobre la responsabilidad internacional por daños causados por
objetos espaciales, ONU, 1971.
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